ENTRADA 10

 

ENTRADA 10

Estos son los valores educativos que encontramos en el Proyecto Educativo del I.E.S Núñez de Arce:

“La educación en nuestro centro se realiza atendiendo especialmente a los siguientes valores:

1) Libertad: La educación debe capacitar a los alumnos para la libre elección, desde el conocimiento, entre las diversas opciones que en la vida se ofrecen.

2) Igualdad: La educación debe promover la consecución efectiva de la igualdad entre las personas proclamada en el artículo 14 de la Constitución Española, “no puede prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra circunstancia personal o social”.

3) Solidaridad, Tolerancia y respeto serán valores que regirán las relaciones entre los miembros de la comunidad educativa independientemente de su origen, religión o procedencia. En la educación deben transmitirse los hábitos tendentes a conseguir un clima de paz y tolerancia en el centro docente, de forma que cree en los individuos una cultura de la “no violencia” y de respeto a los demás.

4) Responsabilidad de todos los miembros de la comunidad educativa en el ejercicio de sus funciones, aceptando las normas de convivencia. Se potenciara en los alumnos su parte de responsabilidad en el proceso educativo, valorando la realización de las tareas necesarias relacionadas con su aprendizaje y vida en el centro.

5) Participación democrática: La vida en democracia precisa que formemos ciudadanos que participen libre y responsablemente en las instituciones políticas y sociales, y sean capaces de respetar en todo momento las leyes y normas vigentes.

6) Curiosidad científica, humanística y artística, verdadero motor del interés por explorar e intentar conocer el mundo que nos rodea.

7) Fomento del esfuerzo y la autodisciplina como ejercicios necesarios para conseguir un fin.

8) Respeto y defensa del medio ambiente.

9) Integración: La educación favorecerá la integración de los alumnos con necesidades educativas especiales.”

En cuanto a las normas de convivencia general:

NORMAS GENERALES DE CONVIVENCIA ESCOLAR

20.1. Deben evitarse todo tipo de alteraciones de la pacífica convivencia escolar que supongan molestias o falta de respeto en cualquier sentido: gritos y carreras por pasillos, vestíbulos o en aulas, insultos y vocabulario malsonante en aulas, espacios comunes o en el exterior del Instituto, ruidos durante el horario escolar, asistencia al Instituto con ropa inadecuada, etc.

20.2. En lo relativo a la indumentaria, el alumnado acudirá al centro adecuadamente vestido para realizar las actividades académicas y evitar distracciones a sus compañeros. Se excluyen explícitamente las prendas que imposibiliten dichas actividades, así como cualquier prenda cuyo uso atente contra los principios y fines de la educación recogidos en los Art. 1 y 2.1 de la LOE. En el interior del edificio y en los patios no se permitirá el uso de gorras o sombreros ni de ninguna otra prenda que cubra la cabeza, con las excepciones lógicas de prendas utilizadas en la actividad educativa o el uso por motivos sanitarios.

20.3. Se recomienda no introducir en el Instituto teléfonos móviles ni aparatos de imagen, música y sonido con o sin auriculares. No está permitido utilizarlos ni tenerlos conectados. En caso de incumplimiento de esta norma, el alumno deberá depositar el teléfono o aparato para su custodia en el lugar que indique Jefatura de Estudios, donde los padres o tutores legales deberán recogerlo. Se excluye de esta norma el material que el profesorado permita utilizar para su función docente, previa notificación por escrito a Jefatura de Estudios. Jefatura de Estudios sancionará al alumno que incumpla esta norma aun en el caso de que los padres o tutores procedan a retirar el móvil. En particular se recuerda al alumnado lo establecido en el art 197.1 y 3 del Código Penal sobre los delitos contra la intimidad y el derecho a la propia imagen de cualquier miembro de la comunidad educativa. En particular se retirará el móvil al alumno que lo esté utilizando durante un examen.

20.4. El Equipo Directivo del Instituto podrá expulsar del recinto del IES a cualquier persona ajena al mismo cuando lo crea conveniente.”

Asimismo, para este propósito nos pueden interesar las conductas inapropiadas y las muy inapropiadas:

ART. 22. TIPIFICACIÓN DE CONDUCTAS QUE PERTURBAN LA CONVIVENCIA

Las conductas de los alumnos perturbadoras de la convivencia en el centro podrán ser calificadas, según la normativa vigente, como:

a) Conductas contrarias a las normas de convivencia del centro, consideradas como faltas leves.

b) Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro, que serán calificadas como faltas graves o muy graves.

ART. 23. CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA DEL CENTRO. FALTAS LEVES.

Se considerarán conductas contrarias a las normas de convivencia del centro, o faltas leves, las siguientes, que prescribirán a los treinta días de su comisión, excepto en el caso de las faltas injustificadas de asistencia a clase (cuyo cómputo se realizará por año lectivo):

23.1. Las manifestaciones expresas contrarias a los valores y derechos democráticos legalmente establecidos.

23.2. Las acciones de desconsideración, imposición de criterio, amenaza, intimidación, insulto y falta de respeto, en general, a los miembros de la comunidad educativa, tanto directamente como a través de redes sociales, siempre que no sean calificadas como faltas.

23.3. La falta de puntualidad o de asistencia a clase, cuando no esté debidamente justificada. Los alumnos deberán justificar ante el tutor correspondiente sus faltas de asistencia. Será el Tutor quien determine qué faltas están o no justificadas, señalando en la justificación el correspondiente visto bueno y tomando nota en el sistema informático de control de faltas. Los alumnos mayores de edad justificarán ellos mismos sus faltas de asistencia, sin por ello quedar excluido el derecho de sus padres a conocer su rendimiento escolar y su asistencia al Instituto. El plazo para justificar las faltas es de 10 días lectivos como máximo, a partir de los cuales la falta se considera injustificada. El tutor podrá solicitar que la justificación de enfermedad venga avalada por un documento médico si lo considera necesario. Para considerar la falta injustificada como susceptible de sanción, se computará de la manera siguiente:

4 faltas para asignaturas de 4 o más horas semanales

3 faltas para asignaturas de 3 horas semanales

2 faltas para asignaturas de 2 horas semanales

1 faltas para asignaturas de 1 hora semanal

En el caso de las faltas de asistencia se amonestará por escrito por parte del tutor. En el caso de la falta de puntualidad, una vez iniciada la clase los alumnos que lleguen con retraso esperarán a la puerta del aula hasta que el profesor les invite a entrar. El hecho de llegar reiteradamente tarde a clase podrá ser susceptible de sanción, en los términos previstos en este RRI.

23.4. La incorrección en la presencia, motivada por la falta de aseo personal o en la indumentaria, que pudiera provocar una alteración en la actividad del centro, tomando en consideración, en todo caso, factores culturales o familiares.

23.5 El incumplimiento del deber de estudio durante el desarrollo de la clase, dificultando la actuación del profesorado y del resto de alumnos.

23.6. El deterioro leve de las dependencias del centro, de su material o de pertenencias de otros alumnos, realizado de forma negligente o intencionada.

23.7. La utilización inadecuada de aparatos electrónicos.

23.8. Se prohíbe expresamente fumar en el edificio del IES y en el entorno vallado del mismo –patios de recreo, aparcamiento de bicicletas, entrada y jardines-, así como la utilización de cigarros electrónicos, de acuerdo con las recomendaciones de la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León.

23.9. Cualquier otra incorrección que altere el normal desarrollo de la actividad escolar y no constituya falta.

ART. 24. CONDUCTAS GRAVEMENTE PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO. FALTAS GRAVES Y MUY GRAVES.

Se considerarán conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro y, por ello, calificadas como faltas graves o muy graves, las siguientes, que prescribirán a los noventa días de su comisión, excepto en el caso de faltas injustificadas de asistencia a clase:

24.1. La falta de respeto, indisciplina, acoso, amenaza y agresión verbal o física, directa o indirecta, al alumnado o profesorado, a cualquier miembro de la comunidad educativa, y en general, a todas aquellas personas que desarrollan su prestación de servicios en el centro educativo tanto directamente como a través de las redes sociales u otros medios tecnológicos.

24.2. La suplantación de personalidad en actos de la vida docente y la falsificación o sustracción de documentos y material académico.

24.3. El deterioro grave, causado intencionadamente, de las dependencias del centro, de su material o de los objetos y las pertenencias de los demás miembros de la comunidad educativa.

24.4. Las actuaciones y las incitaciones a actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa del centro.

24.5. La reiteración en la comisión de conductas contrarias a las normas de convivencia en el centro.

24.6. Las conductas que atenten contra la dignidad personal de otros miembros de la comunidad educativa, que tengan como origen o consecuencia una discriminación o acoso basado en el género, la orientación o identidad sexual, o un origen racial, étnico, religioso, de creencias o de discapacidad, o que se realicen contra el alumnado más vulnerable por sus características personales, sociales o educativas, tendrán la calificación de conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro, con la consideración de muy graves».

24.7. La reiteración en la comisión de conductas contrarias a las normas de convivencia en el centro.

En particular, para el caso de las faltas de asistencia, se realizará la oportuna amonestación por escrito por Jefatura de Estudios, que será la segunda, tras la realizada por el tutor, teniendo en cuanta el siguiente cómputo en los Estudios Diurnos:

 8 faltas para asignaturas de 4 o más horas semanales

6 faltas para asignaturas de 3 horas semanales

4 faltas para asignaturas de 2 horas semanales

2 faltas para asignaturas de 1 hora semanal

Si se siguen cometiendo faltas injustificadas de asistencia, el alumno será apercibido por escrito y perderá el derecho a la evaluación continua, debiendo realizar una prueba global de la materia o materias afectadas, según el siguiente cómputo. De dicha sanción se dará aviso al alumno y a los padres o tutores legales por parte de Jefatura de Estudios.

11 faltas para asignaturas de 4 o más horas semanales

8 faltas para asignaturas de 3 horas semanales

6 faltas para asignaturas de 2 horas semanales

3 faltas para asignaturas de 1 hora semanal

Este régimen será adaptado a los Estudios Nocturnos y a la Formación Profesional, con el fin de tener en cuenta las especiales circunstancias del alumnado matriculado en el mismo, en los siguientes términos:

a. En los Ciclos Formativos el número de faltas no justificadas que dan lugar a pérdida de derecho a la evaluación continua será del 15% del número total de horas de cada módulo. Las actividades no realizadas que determinen también esta pérdida de derecho, se especificarán en la programación didáctica de cada módulo.

b. En los Estudios Nocturnos las faltas de asistencia requieren un tratamiento especial. La asistencia a clase es obligatoria en todos los casos. Los alumnos podrán perder el derecho a evaluación continua en el trimestre cuando falten a clase 8 horas en las materias de 2 horas semanales, 12 horas en las de 3 horas semanales y 16 horas en las de 4 horas semanales.”

***

¿Cómo, después de haber sido alumno de este centro (la ESO y el bachillerato, aprobado todo en su tiempo estipulado), percibo los valores? Agua de borrajas arrojada al humillo de las pajas. Vacua palabrería que no va a ningún lado. Mención especial para punto 8: “Respeto y defensa del medio ambiente.” Está muy bien, nadie discute su importancia; pero además de tenerlo como valor, si se hiciera algo al respecto… Interesante, también, el punto 6: “Curiosidad científica, humanística y artística, verdadero motor del interés por explorar e intentar conocer el mundo que nos rodea.” Que yo recuerde, lo importante era memorizar y vomitar lo memorizado en el examen; de la curiosidad nunca se supo… La lista podría ser infinita, contar con quinientos puntos y setecientos valores, que no por ello se alteraría un ápice la realidad.

En cuanto a la relación de los valores con las normas, simplemente leyendo unas y otras, llama la atención lo fluido, lo ultragenérico e inespecífico (lo parlanchinesco, en suma) de las primeras, y la severísima concreción de las segundas. Más que alentar o potenciar ciertos valores, se desprende un talante punitivo y amenazador.

Rememorando esos tiempos nada memorables, reconocer lo complicado y desasosegante que sería, para un profesor, tratar de impartir clase a esa gentuza de 14-16 años, principalmente; no obstante, también tenemos que evidenciar el gatillo fácil del personal, lo mucho que se prodigaban en los castigos, así como la templanza levemente sádica de ciertos bedeles y gentes nada amigables de jefatura.

Por último, y esto fue muy habitual en los años en que estuve, a pesar de la libertad, la igualdad, la solidaridad, tolerancia y respeto, la responsabilidad, la participación democrática e integración propugnadas, a la hora de repartir a los alumnos, en este centro se optaba, con bastante frecuencia (seguramente por cuestiones estadísticas y semejantes), por separar el grano de la paja, de tal forma que lo mismo una clase contaba con un repetidor, que otra, curiosamente, por cosas del destino, contaba con quince (curioso también, supongo que también por cuestiones fáticas, mi facilidad para estar en estos segundos grupos -y lo bien que nos lo pasábamos; y lo mucho que suspendíamos; mas qué pocos remontábamos, cuántos quedaron por el camino…-).

Comentarios

  1. ¡Hola, Rodrigo! Que sepas que he leído tu entrada con mucho interés, porque yo también fui alumna del Núñez, y suscribo en gran medida todo lo que comentas al final, en la valoración personal. Eso sí, me gustaría preguntarte, dejando de lado todo el tema del —por citarte— «talante punitivo y amenazador» del centro y el incumplimiento de algunos valores del Proyecto Educativo... ¿qué sacarías en positivo de tu paso por el instituto? Entiendo por tu entrada que la valoración general es más bien negativa, pero ¿crees que te ha aportado algo bueno, a pesar de todo?
    ¡Un saludo, y gracias de antemano!

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    1. Buenas Patricia. Lo mejor del centro, a mi modo de ver, era la confluencia de alumnos de distintas procedencias sociales: desde, y perdóneseme la inquina, pijazos irredentos, hijos de ricachones, herederos por castigo, a criminales no en potencia, sino en acto, frutos -futuriblemente podridos- de unos entornos aun más delictivos. Este crisol te da una imagen de la sociedad muy atinada. Lo mejor de todo, pues, era que uno podía ser amigo de estos y aquellos, creándose así grupúsculos la mar de diversos y divertidos.

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